Aprobados de la habilitación lingüística en Secundaria [DENTRO]
Publicado: 08 Jun 2012, 18:48
Foro de docentes con educación y para la Educación, tanto en Madrid como en otras Comunidades.
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Y en esa parte os puedo confirmar que hay errores, porque al menos los que aprobaron la primera fase en el tribunal 4 de inglés (desde GARCÍA LÓPEZ, FRANCISCO hasta HÄRING BERNARDO, ESTHER, 40 personas, no está ninguno en el Anexo II, y no es porque todos estén en el anexo I. En el Anexo II canta muchísimo que en la parte de inglés por orden alfabético salta de FERNANDEZ BOY, INMACULADA hasta LOPEZ SANCHO, PROCOPIO JESUS, sin que haya ni uno solo en la lista de inglés de Anexo II cuyo primer apellido empiece por G ó H, lo que es sospechoso conociendo la frecuencia de GARCÍA en España.Cuarto
Candidatos que han superado la primera fase
Publicar la relación de los candidatos que han superado la primera fase de la prueba para la valoración de la competencia lingüística en lenguas extranjeras, sin haber superado el procedimiento de habilitación, que estarán exentos de su realización en las tres convocatorias siguientes a esta, tal como se regula en la base sexta de la Resolución de 9 de marzo de 2012, y que figuran en el Anexo II.
Es decir, a partir de hoy 9 de junio se puede poner recurso. Se puede hacer telemáticamente (incluyo enlace) y se puede descargar un impreso, que incluyo.Quinto
Recursos
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Viceconsejera de Organización Educativa de la Consejería de Educación y Empleo, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Hola mra_foro_docentesmra_foro_docentes escribió:Hola.
Yo aprobé la primera parte en el tribunal 8 pero cometí el error de no hacer la foto del listado de aprobados. ¿Lo tiene alguien? Si alguien lo puede enviar se lo agradezco porque no se de qué manera puedo demostrar que lo tenía aprobado. Me temo que al hacer el recurso de alzada me lo rechacen por no aportar ninguna prueba.
Gracias.
Vamos, que es de traca que nos obligasen a presentar un documento que ellos tienen en su poder y que no nos han entregado, sino que han expuesto provisionalmente en un tablón y al que a algunos se nos ha podido ocurrir hacer una foto.Artículo 35. Derechos de los ciudadanos.
f) A no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante.
Muchísimas gracias.hunk escribió:Hola mra_foro_docentesmra_foro_docentes escribió:Hola.
Yo aprobé la primera parte en el tribunal 8 pero cometí el error de no hacer la foto del listado de aprobados. ¿Lo tiene alguien? Si alguien lo puede enviar se lo agradezco porque no se de qué manera puedo demostrar que lo tenía aprobado. Me temo que al hacer el recurso de alzada me lo rechacen por no aportar ninguna prueba.
Gracias.
Pon el recurso aunque no tengas la foto: sería una prueba, pero no tenemos obligación de estar con la cámara de fotos encima sacando fotos a todo para demostrar algo que ellos saben. Son ellos los que tendrán que demostrar, con un listado de cada tribunal, quien tenía o no aprobada la primera parte.
En el recurso de alzada, a falta de fotos, puedes citar esto, que ya he mencionado en el foro varias veces
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Vamos, que es de traca que nos obligasen a presentar un documento que ellos tienen en su poder y que no nos han entregado, sino que han expuesto provisionalmente en un tablón y al que a algunos se nos ha podido ocurrir hacer una foto.Artículo 35. Derechos de los ciudadanos.
f) A no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante.