¿Alguien me puede indicar (o en su defecto algún enlace dónde lo pueda encontrar), cuántas horas máximo de guardia y biblioteca nos tienen que poner en el horario teniendo las 20 horas lectivas de clase? Es para saber si tengo que presentar reclamación.
Gracias.
URGENTE: Horario
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- #9 Pantera Rosa
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Re: URGENTE: Horario
3 complementarias como máximo.
Por tanto, tus horas de permanencia en el centro serían (deberían ser) 20+3 = 23h.
Aquí está todo: http://www.docentesconeducacion.es/view ... f=43&t=301
Por tanto, tus horas de permanencia en el centro serían (deberían ser) 20+3 = 23h.
Aquí está todo: http://www.docentesconeducacion.es/view ... f=43&t=301
Re: URGENTE: Horario
Creo que no es así.... La referencia que habéis mandado en la contestación es de septiembre del año pasado. Pero este año han cambiado las cosas. Con la nueva normativa y las instrucciones de principio de curso, a mi entender tenemos que tener todos:
30 horas de permanencia que se traducen en 28 horas de permanencia "real" en los centros + 2 ACs (que se correspondería con la parte de claustros, evaluaciones...)
Con lo que en los horarios de cada uno tenemos que tener 20 horas lectivas+8 complementarias. Esas 8 horas complementarias (que ya en ningún caso son CHL como el año pasado) normalmente son, o en mi caso que soy tutor son: 3 Guardias + ReunionDpto + ReuniónTutoresNivel + Atención individualizada a alumnos + Atencion Padres+ Apoyo a Guardia
30 horas de permanencia que se traducen en 28 horas de permanencia "real" en los centros + 2 ACs (que se correspondería con la parte de claustros, evaluaciones...)
Con lo que en los horarios de cada uno tenemos que tener 20 horas lectivas+8 complementarias. Esas 8 horas complementarias (que ya en ningún caso son CHL como el año pasado) normalmente son, o en mi caso que soy tutor son: 3 Guardias + ReunionDpto + ReuniónTutoresNivel + Atención individualizada a alumnos + Atencion Padres+ Apoyo a Guardia
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Re: URGENTE: Horario
Primero intento aclarar que es muy importante al hablar distinguir entre horas y periodos lectivos: decir 30 horas y 28 horas en la misma frase lía a cualquiera. Se puede sobreentender cuando se habla de "horas de clase"=periodos lectivos y "horas de 60 minutos", y a veces hasta la normativa es confusa, pero mejor hablar con propiedad.
Instrucciones 2012/2013 Madrid: fijan 28 horas (30 periodos en horario) y es ilegal
Difundir: Ley 4/2012: además bajar 3,3% sueldo, aumentan 3 h semanales (seguramente guardias)
Para mi lo podrán llamar "Apoyo a Guardia" pero es una guardia encubierta en el horario, para camuflar que se tienen más de los tres periodos de guardia que permite la ley.
La respuesta está en el BOE, orden estatal, http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id ... 1994-15565Interina Inglés escribió:¿Alguien me puede indicar (o en su defecto algún enlace dónde lo pueda encontrar), cuántas horas máximo de guardia y biblioteca nos tienen que poner en el horario teniendo las 20 horas lectivas de clase? Es para saber si tengo que presentar reclamación.
Gracias.
Sobre lo que comenta invitado81. El horario complementario, en función de las actividades asignadas a cada Profesor, podrá contemplar:
a) Entre una y tres horas de guardia, en función de las necesidades del centro y a juicio del Jefe de estudios.
b) Entre una y tres horas de atención a la biblioteca, en función de las necesidades del centro y a juicio del Jefe de estudios.
Sí, las instrucciones de Madrid para 2012/2013 dicen que hay 28 h = 30 periodos lectivos en el horario semanal, pero QUE LAS INSTRUCCIONES FIJEN 28 H ES ILEGAL porque no cumple la ley estatal.invitado escribió:Creo que no es así.... La referencia que habéis mandado en la contestación es de septiembre del año pasado. Pero este año han cambiado las cosas. Con la nueva normativa y las instrucciones de principio de curso, a mi entender tenemos que tener todos:
30 horas de permanencia que se traducen en 28 horas de permanencia "real" en los centros + 2 ACs (que se correspondería con la parte de claustros, evaluaciones...)
Con lo que en los horarios de cada uno tenemos que tener 20 horas lectivas+8 complementarias.
Instrucciones 2012/2013 Madrid: fijan 28 horas (30 periodos en horario) y es ilegal
Difundir: Ley 4/2012: además bajar 3,3% sueldo, aumentan 3 h semanales (seguramente guardias)
Sobre el otro tema que comentashunk escribió: ...Las 28 horas inclumplen el artículo 71 de la orden estatal que regula el horario
http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id ... 1994-15565
Si se pasan por el forro el artículo 71, menos caso le harán al 81 que dice que el máximo son 3 guardias a la semana ...71. La suma de la duración de los períodos lectivos y las horas complementarias de obligada permanencia en el Instituto, recogidas en el horario individual de cada Profesor, será de veinticinco horas semanales.
invitado escribió:Esas 8 horas complementarias (que ya en ningún caso son CHL como el año pasado) normalmente son, o en mi caso que soy tutor son: 3 Guardias + ReunionDpto + ReuniónTutoresNivel + Atención individualizada a alumnos + Atencion Padres+ Apoyo a Guardia[/color
Para mi lo podrán llamar "Apoyo a Guardia" pero es una guardia encubierta en el horario, para camuflar que se tienen más de los tres periodos de guardia que permite la ley.
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Re: URGENTE: Horario
Efectivamente, esa respuesta corresponde al año pasado... Pero es que la respuesta tiene un año