TRibunal forozoso y obligaciones centro de destino docente

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TRibunal forozoso y obligaciones centro de destino docente

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Hola, me gustaría saber dónde se regulan las obligaciones que tengo en mi centro de destino una vez que se ha iniciado el proceso de oposición y he sido nombrada tribunal forzoso. En concreto, si tengo obligación de asistir a las juntas y reuniones que no coincidan con las actuaciones del tribunal (entiendo que no me pueden obligar a estar en dos sitios a la vez), y de entregar documentación que se me requiera una vez me he incorporado al tribunal (memorias, actas de reclamaciones, informes sobre alumnos y otros) a través del correo electrónico.
Algunos compañeros dicen que como sigo cobrando como profesora y jefa de departamento en mi centro de destino, debo cumplir con ese trabajo y simultanearlo con el de tribunal forzoso. Yo entiendo que me han modificado temporalmente el puesto de trabajo y no se me puede exigir que cumpla con él hasta que se termine el proceso de oposición.
Por favor, si alguien sabe en qué legislación está esto recogido, me sería de gran ayuda, no tengo idea de por dónde buscar.
hunk
#10 Goku
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Re: TRibunal forozoso y obligaciones centro de destino docente

Mensaje sin leer por hunk »

Hilo relacionado con enlaces a legislación ( es de 2014)
http://docentesconeducacion.es/viewtopi ... 843#p10843

En la resolución de hoy

Código: Seleccionar todo

Aquellos miembros de los Tribunales que se hallen incursos en algunas de las causas
previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, deberán abste-
nerse de intervenir, comunicándolo a la Dirección General de Recursos Humanos en el pla-
zo de cinco días naturales, contados a partir de la publicación de esta Resolución. En el mis-
mo plazo, los interesados podrán recusar a dichos miembros por alguna de estas causas,
según lo previsto en el artículo 29 de la misma Ley.
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