rotación profesores por ciclo
Publicado: 18 Jun 2013, 17:39
en la Comunidad de Madrid, ¿es obligatorio continuidad de un mismo tutor por ciclo? si es así, ¿en qué parte de la Legislación viene especificado? gracias
Foro de docentes con educación y para la Educación, tanto en Madrid como en otras Comunidades.
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Real Decreto 83/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento orgánico de los institutos de educación secundaria.Artículo 45.2. Cada grupo tendrá un maestro tutor que será designado por el Director, a propuesta del Jefe de estudios.
Nota: ni en el Reglamento de primaria ni en el de secundaria vigentes (Reales Decretos 82 y 83 de 1996) hay artículo 91... pero claro, la orden que cita el artículo 91 es del 94, antes que esos reales decretos que son del 96, así que la orden vigente referencia algo no vigente ...Artículo 55.2. En los institutos de educación secundaria habrá un tutor por cada grupo de alumnos. El tutor será designado por el director, a propuesta del jefe de estudios, entre los profesores que impartan docencia al grupo.
Artículo 91.
2. En los institutos de educación secundaria habrá un tutor por cada grupo de alumnos. El tutor será designado por el Director, a propuesta del Jefe de estudios, entre los profesores que impartan docencia a todo el grupo.