LOMCE: Proyecto de ley

hunk
#10 Goku
#10 Goku
Mensajes: 4012
Registrado: 18 Sep 2011, 15:33
¿A qué cuerpo perteneces?: Secundaria ESO/B
Situación: De carrera
Contactar:

LOMCE: Proyecto de ley

Mensaje sin leer por hunk »

16 mayo: Wert confirma que la LOMCE irá al Consejo de Ministros del 17 de mayo

El viernes pasado lo aplazaron simplemente porque estaba muy cerca la huelga, pero siguen con la apisonadora de la mayoría absoluta
http://noticias.lainformacion.com/polit ... quRGCRoA7/
Última edición por hunk el 12 Jun 2013, 02:11, editado 3 veces en total.
hunk
#10 Goku
#10 Goku
Mensajes: 4012
Registrado: 18 Sep 2011, 15:33
¿A qué cuerpo perteneces?: Secundaria ESO/B
Situación: De carrera
Contactar:

Re: LOMCE: Proyecto de ley Consejo de Ministros 17 de mayo 2013

Mensaje sin leer por hunk »

17 mayo, LOMCE en el consejo de ministros. Deja de ser anteproyecto y ya es proyecto.

http://www.lamoncloa.gob.es/ConsejodeMi ... dEducativa
APROBADO EL PROYECTO DE LEY ORGÁNICA PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD EDUCATIVA

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE).

La aprobación de este Proyecto de Ley viene justificada por los datos objetivos que arrojan todos los estudios internacionales y que demuestran que la educación en España necesita de una remodelación urgente, a la vista de los siguientes resultados:

Una tasa de abandono escolar del 24,9 por 100 que dobla a la del resto de países de la Unión Europea (13 por 100). Esto significa que uno de cada cuatro jóvenes abandona al terminar la etapa obligatoria y muchos sin haber titulado ESO.
Una tasa de alumnos repetidores muy elevada.
Una tasa de desempleo juvenil que supera el 57 por 100, cuando en países como Alemania se queda en el 8 por 100.
Un porcentaje de jóvenes de entre quince y veintinueve años que ni estudian ni trabajan (NINI) y que representa el 23,7 por 100, en España, sólo superado por Israel.
Unos resultados académicos que alejan a España de los puestos de cabeza y que lejos de mejorar empeoran con los años: España obtuvo 481 puntos en las últimas pruebas de PISA (2009), doce puntos por debajo de los obtenidos en promedio por la OCDE. Los resultados son peores que los obtenidos en 2000: 493.
Y todo esto con una inversión que está muy por encima de la media de la OCDE y Unión Europea. España destina 10.094 dólares al año de gasto público por cada alumno en la educación pública, un 21 por 100 más que la OCDE y la Unión Europea. La inversión en educación se ha duplicado en la última década: de 27.000 millones a 53.000 millones de euros.

Es imprescindible revertir esta situación y hacerlo de forma urgente. Por eso, el proyecto de Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa supone:

Un conjunto de medidas que mejora las condiciones para que todos los alumnos puedan adquirir y expresar sus talentos, y alcanzar su pleno desarrollo personal y profesional, como soporte de la igualdad de oportunidades.
Un abordaje de los principales problemas detectados en el sistema educativo español sobre resultados objetivos de las evaluaciones realizadas por organismos internacionales.
Una mirada hacia los sistemas educativos del entorno español, que sugiere la simplificación del currículo, el refuerzo de los conocimientos instrumentales, la flexibilización de las trayectorias, el desarrollo de sistemas de evaluación externa censales y consistentes en el tiempo, la promoción de una mayor autonomía y especialización en los centros docentes, el incremento de la transparencia de los resultados y rendición de cuentas, y la cultura del esfuerzo.
Una modificación de la actual Ley Orgánica de Educación equilibrada, sostenible en el tiempo y consensuada a través de la participación de todos los sectores políticos, sociales y educativos.
Un conjunto de medidas para que España se sitúe en el ámbito educativo internacional en la posición que le corresponde, se mejore la formación y preparación de nuestros estudiantes y se pueda converger hacia los objetivos europeos en educación de la Estrategia Europa 2020.

Los objetivos generales son los siguientes:

Disminuir las tasas de abandono educativo temprano y fracaso escolar
Mejorar las condiciones para que los jóvenes tengan mejor y más adecuada formación que les permita acceder a un empleo al término de sus estudios
Disminuir el número de alumnos que repiten curso.
Contribuir a que no haya diferencias entre Comunidades Autónomas
Mejorar el nivel de conocimientos en áreas prioritarias y señalizar claramente los objetivos de cada etapa.
Modernizar la Formación Profesional.
Incorporar y potenciar las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

Para lograr estos objetivos, la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa contiene las siguientes medidas:

Flexibilización de las trayectorias educativas:

La Ley ofrece un conjunto flexible de trayectorias en función de las necesidades y preferencias de las familias y los alumnos, pero no las impone. Se trata de posibilidades de elección voluntaria.
Las decisiones son reversibles: familias y alumnos pueden modificar su elección en cualquier momento.

Atención personalizada:

3º Primaria: pruebas de detección precoz de dificultades de aprendizaje.
6º Primaria: el equipo docente recomienda medidas para Educación Secundaria Obligatoria (ESO), posibilidad de implantar planes específicos de mejora de centros.
ESO: consejo orientador del equipo docente al final de cada curso.
1º ESO: agrupación de las materias en ámbitos de conocimiento, para facilitar el tránsito entre Primaria y ESO.
2º y 3º ESO: Programas de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento.
3º ESO: elección de Matemáticas orientadas a enseñanzas académicas o aplicadas.
4º ESO: elección de enseñanzas aplicadas o académicas.
Ciclos de FP Básica a partir de quince años: un título académico, además de la cualificación profesional de nivel 1.
Bachillerato: modalidades de Ciencias, Humanidades, Ciencias Sociales y Artes.
Formación Profesional de Grado Medio: materias para facilitar la transición del alumno hacia otras enseñanzas.
Planes de actuación para el desarrollo de altas capacidades intelectuales.
Realización de las evaluaciones adaptada a las necesidades del alumnado con necesidades educativas especiales.
Tecnologías de la Información y la Comunicación para refuerzo.

Cultura de la responsabilidad y el esfuerzo:

Para los alumnos:
evaluaciones finales para obtener títulos de Graduado en ESO y de Bachillerato, por competencias clave o básicas (europeas).
agilidad de los procedimientos de adopción de medidas correctoras: las medidas correctoras tendrán un carácter educativo y recuperador, deberán garantizar el respeto a los derechos del resto de los alumnos y procurarán la mejora en las relaciones de todos los miembros de la comunidad educativa.
Para los centros:
autonomía y especialización.
rendición de cuentas y transparencia de resultados.
Para equipo directivo y docente:
acciones de calidad que requieren planificación por objetivos y rendición de cuentas.
aumento del liderazgo del director/acceso tras acreditar la superación de un curso formativo.
autoridad: presunción de veracidad de las declaraciones de profesores y equipo directivo.

El Proyecto de Ley se ha elaborado con el resultado de las consultas realizadas y aportaciones recibidas de las Comunidades Autónomas; órganos colegiados; representantes de asociaciones de padres de alumnos, directores y profesores de centros docentes; representantes sindicales de los profesores y de los estudiantes; representantes de los centros; profesionales de la educación; asociaciones; plataformas; sociedades; colegios profesionales y, en general, de los ciudadanos a través de un buzón de sugerencias que ha recibido más de treinta mil aportaciones.

Dictamen del Consejo de Estado

El dictamen del Consejo de Estado de 18 de abril contiene una valoración positiva de los elementos fundamentales en los que se basa la reforma: nueva configuración de 4º ESO con carácter propedéutico, Programas de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento, Formación Profesional Básica, evaluaciones finales de etapa, regulación del uso en la enseñanza de la lengua castellana y las lenguas propias oficiales de las Comunidades Autónomas. Además, realiza un conjunto de observaciones de carácter técnico y jurídico que han sido atendidas.

La implantación de la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa, que se realizará en el curso siguiente al de aprobación de la Ley, supondrá un coste consolidado de 255 millones de euros anuales, parte de los cuales dada su naturaleza de elegibles, se incorporaran, para ser cofinanciados, a la programación del Fondo Social Europeo, correspondiente al período 2014-2020. La mayoría de dichos costes financiaran el nuevo personal necesario para poner en marcha las nuevas medidas que incorpora la reforma educativa.
Última edición por hunk el 23 May 2013, 02:57, editado 2 veces en total.
hunk
#10 Goku
#10 Goku
Mensajes: 4012
Registrado: 18 Sep 2011, 15:33
¿A qué cuerpo perteneces?: Secundaria ESO/B
Situación: De carrera
Contactar:

Re:LOMCE: Proyecto de ley

Mensaje sin leer por hunk »

Han colgado el texto oficial del proyecto de ley: reemplaza a la v3 del anteproyecto de febrero

http://www.mecd.gob.es/servicios-al-ciu ... e-ley.html

http://www.mecd.gob.es/servicios-al-ciu ... de-ley.pdf

No he comparado con v3 del anteproyecto al que reemplaza, pero habrán cambiado poca cosa
Detalles:
-En el calendario de implantación (Disposición final quinta) dicen 9 meses donde antes decían 14, lo que les blinda para asegurarse que aplique en el curso 2014/2015
-Se dice "El primer curso de los ciclos de Formación Profesional Básica se implantará al primer curso escolar que comience transcurridos nueve meses desde la publicación de esta ley orgánica , curso en el se suprimirá la oferta de módulos obligatorios de los Programas de Cualificación Profesional Inicialdurante este curso, los alumnos que superen los módulos de carácter voluntario obtendrán el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria"
Hasta donde sé, superar PCPI no da el graduado en ESO, pero durante un año sí lo va a dar!! Aparte de ser una ilegalidad manifiesta por discriminación, es un coladero para luego vender (ya se encargarán de publicitarlo) como ha mejorado la LOMCE el fracaso escolar en su primer año de implantación, ya que le van a dar a gente el graduado en ESO que no lo hubiera obtenido con los criterios actuales ...
Última edición por hunk el 12 Jun 2013, 02:12, editado 1 vez en total.
hunk
#10 Goku
#10 Goku
Mensajes: 4012
Registrado: 18 Sep 2011, 15:33
¿A qué cuerpo perteneces?: Secundaria ESO/B
Situación: De carrera
Contactar:

Re: LOMCE: Proyecto de ley

Mensaje sin leer por hunk »

Todavía me queda pendiente comparar al detalle con la v3 de febrero
De momento comparto otro enlace más: el texto de la LOMCE presentado en el congreso.
BOCG. Congreso de los Diputados, serie A, núm. 48-1, de 24/05/2013
cve: BOCG-10-A-48-1
BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
X LEGISLATURA
Serie A: PROYECTOS DE LEY
24 de mayo de 2013

Núm. 48-1

PROYECTO DE LEY
121/000048 Proyecto de Ley Orgánica para la mejora de la calidad educativa.

http://www.congreso.es/portal/page/port ... A1gina1%29

http://www.congreso.es/public_oficiales ... A-48-1.PDF
Última edición por hunk el 12 Jun 2013, 02:12, editado 1 vez en total.
hunk
#10 Goku
#10 Goku
Mensajes: 4012
Registrado: 18 Sep 2011, 15:33
¿A qué cuerpo perteneces?: Secundaria ESO/B
Situación: De carrera
Contactar:

Re: LOMCE: Proyecto de ley

Mensaje sin leer por hunk »

http://noticias.lainformacion.com/polit ... YwpUokga5/
El Congreso amplía hasta el día 18 la presentación de enmiendas a la Lomce

Madrid, 11 jun (EFE).- El Congreso ha decidido hoy ampliar hasta el próximo martes día 18 el plazo para presentar enmiendas a la totalidad al proyecto de Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (Lomce), para el que la mayoría de partidos de la oposición han anunciado que pedirán su retirada.

Madrid, 11 jun (EFE).- El Congreso ha decidido hoy ampliar hasta el próximo martes día 18 el plazo para presentar enmiendas a la totalidad al proyecto de Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (Lomce), para el que la mayoría de partidos de la oposición han anunciado que pedirán su retirada.

Excepto PP, Foro Asturias y UPN, los demás partidos ya anunciaron al ministro de Educación, José Ignacio Wert, que redactarían enmiendas a la totalidad el pasado 22 de mayo, durante la última Comisión de Educación celebrada en la Cámara baja.

El primer plazo para presentar dichas enmiendas concluía hoy, pero el Congreso ha decidido ampliarlo una semana más.

Además, durante la ronda de contactos que está manteniendo estas semanas el ministro de Educación, José Ignacio Wert, con los distintos grupos parlamentarios para intentar acercar posturas, PSOE, IU y UPyD han explicado que no se han producido avances y que mantienen su intención de presentar enmiendas a la totalidad a la reforma educativa.

La oposición critica, entre otros puntos de la Lomce, el que se elimine la asignatura de Educación para la Ciudadanía, que Religión sea obligatoria con una alternativa sobre Valores, y que ambas sean evaluables, o que se implanten a final de las etapas unas evaluaciones externas que hay que aprobar para pasar de ciclo.

Por otra parte, y según fuentes de varios partidos de la oposición, está previsto que el próximo debate sobre la Lomce sea en el Pleno del Congreso del próximo 27 de junio.

(Agencia EFE)
Última edición por hunk el 12 Jun 2013, 02:12, editado 1 vez en total.
hunk
#10 Goku
#10 Goku
Mensajes: 4012
Registrado: 18 Sep 2011, 15:33
¿A qué cuerpo perteneces?: Secundaria ESO/B
Situación: De carrera
Contactar:

Re: LOMCE: Proyecto de ley

Mensaje sin leer por hunk »

Por si a alguien le interesa, comento detalles de cambios tras comparar proyecto de ley presentado en el congreso en mayo frente a último borrador del anteproyecto (v3 de febrero): entre medias de ambas estuvo el dictamen del Consejo Escolar de estado, y básicamente son retoques estéticos para poder decir que le han hecho caso a ese dictamen.
En los primeros puntos he comprobado que el retoque estético es tal cual lo comentaba el dictamen, y hasta he indicado la página del dictamen, pero viendo que coincidía tanto ya lo he dejado de seguir mirando.

Lo primero que pongo es el párrafo más largo añadido en proyecto de ley, que para mi es un punto para "responder" la crítica del dictamen Consejo Escolar de Estado respecto a el eliminar educación para la ciudadanía (página 65 dice "Acaso procedería imponerla como obligatoria en algún momento, pues han sido numerosos los acuerdos y recomendaciones, suscritas por España, del Consejo de Europa y de la Unión Europea..." ). Sin más dicen "Esta ley orgánica considera esencial la preparación para la ciudadanía activa ..." y listo.
XIV
La Recomendación (2002)12, de fecha 16 de octubre de 2002, del Comité de Ministros del
Consejo de Europa a los Estados miembros sobre la Educación para la Ciudadanía Democrática,
señala que la educación para la ciudadanía democrática es esencial para promover una sociedad
libre, tolerante y justa y que contribuye a defender los valores y principios de la libertad, el
pluralismo, los derechos humanos y el imperio de la ley, que son los fundamentos de la
democracia.
Uno de los principios en los que se inspira el Sistema Educativo Español es la transmisión y
puesta en práctica de valores que favorezcan la libertad personal, la responsabilidad, la
ciudadanía democrática, la solidaridad, la tolerancia, la igualdad, el respeto y la justicia, así como
que ayuden a superar cualquier tipo de discriminación. Se contempla también como fin a cuya
consecución se orienta el Sistema Educativo Español la preparación para el ejercicio de la
ciudadanía y para la participación activa en la vida económica, social y cultural, con actitud crítica
y responsable y con capacidad de adaptación a las situaciones cambiantes de la sociedad del
conocimiento.
Esta ley orgánica considera esencial la preparación para la ciudadanía activa y la adquisición de
las competencias sociales y cívicas, recogidas en la Recomendación del Parlamento Europeo y
del Consejo de 18 de diciembre de 2006 sobre las competencias clave para el aprendizaje
permanente. En el contexto del cambio metodológico que esta ley orgánica propugna se aborda
esta necesidad de forma transversal al incorporar la educación cívica y constitucional a todas las
asignaturas durante la educación básica, de forma que la adquisición de competencias sociales y
cívicas se incluya en la dinámica cotidiana de los procesos de enseñanza y aprendizaje y se
potencie de esa forma, a través de un planteamiento conjunto, su posibilidad de transferencia y
su carácter orientador.
Punto 1, reordenan apartados k y l que estaban mal alfabéticamente, sin cambiar su contenido (indicación dictamen Consejo Escolar de Estado, página 69)

Punto 4, artículo 6 añaden que cambian el "título del capítulo III del título preliminar" (indicación dictamen Consejo Escolar de Estado, página 70)

Punto 4, artículo 6 quitan la palabra nociones (indicación dictamen Consejo Escolar de Estado, página 71)

Punto 4, artículo 6bis añaden punto f separando lo que antes estaba solamente en el e (indicación dictamen Consejo Escolar de Estado, página 72)

Punto 4, artículo 6bis ponen Gobierno en lugar de Administración General del Estado (indicación dictamen Consejo Escolar de Estado, página 75)

Punto 4, artículo 6bis.2.a añaden "los estándares de aprendizaje evaluables" (indicación dictamen Consejo Escolar de Estado, página 76)

Punto 4, artículo 6bis.2.a retocado con esa frase final "así como las características generales de las pruebas, en relación con la evaluación final de Educación Primaria.". El 6bis.2.c es ahora lo que antes era el b y en el b se añade esto, que incluye una frase que antes estaba en el 6bis.2.a "b) Corresponderá al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en relación con las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato:
1.º) Determinar los criterios de evaluación del logro de los objetivos de las enseñanzas
y etapas educativas y del grado de adquisición de las competencias correspondientes, en
relación con los contenidos de los bloques de asignaturas troncales y específicas.
2.º) Determinar las características de las pruebas.
3.º) Diseñar las pruebas y establecer su contenido para cada convocatoria."
Nuevo 6bis.2.c (antes era el b) tiene retocado el punto 6 y nuevo punto 7, que quedan así "6º) En relación con la evaluación durante la etapa, completar los criterios de evaluación relativos a los bloques de asignaturas troncales y específicas, y establecer los criterios de evaluación del bloque de asignaturas de libre configuración autonómica.
7º) Establecer los estándares de aprendizaje evaluables relativos a los contenidos del bloque de asignaturas de libre configuración autonómica. "

Punto 8, artículo 18.3.b ahora indica "b) Religión, o Valores Sociales y Cívicos" en lugar de "b) Religión, o Valores Culturales y Sociales,", y 18.3.c incluye Religión y Valores Sociales y Cívicos.

Punto 8, artículo 18 añade nuevo punto 6 "6. Sin perjuicio de su tratamiento específico en algunas de las áreas de la etapa, la comprensión lectora, la expresión oral y escrita, la comunicación audiovisual, las Tecnologías de la Información y la Comunicación, el emprendimiento y la educación cívica y constitucional se trabajarán en todas las áreas.”

Punto 11, artículo 21 pasa a tener 3 puntos, ya que eliminan uno que decía esto "3. La realización material de las pruebas corresponde a las Administraciones
educativas competentes. Las pruebas serán aplicadas y calificadas por profesorado externo al centro."

Punto 13, artículo 24.3.b añaden "o en su caso del alumno" que antes no estaba a esta frase: "b) Religión, o Valores Éticos, a elección de los padres o tutores legales o en su caso del alumno"

Punto 13, artículo 24.3.c ahora indican "máximo de cuatro de las siguientes materias del bloque de asignaturas específicas" cuando antes indicaba 3, y añaden Religión y Valores Éticos.

Punto 13, artículo 25.4.b añaden "o en su caso del alumno" que antes no estaba a esta frase: "b) Religión, o Valores Éticos, a elección de los padres o tutores legales o en su caso del alumno"

Punto 13, artículo 25.4.c ahora indican "máximo de cuatro de las siguientes materias del bloque de asignaturas específicas" cuando antes indicaba 3, y añaden Religión y Valores Éticos.

Punto 17, artículo 28.3 añaden "deberán matricularse de las materias no superadas"

Punto 18, artículo 29.1.a añaden "cursadas" y 29.3.a cambia y ahora indica máximo de dos, cuando antes indicaba tres "
Ahora en proyecto "3. Podrán presentarse a esta evaluación aquellos alumnos que hayan obtenido bien evaluación positiva en todas las materias, o bien negativa en un máximo de dos materias siempre que no sean simultáneamente Lengua Castellana y Literatura, y Matemáticas."
Antes en anteproyecto v3 "3. Podrán presentarse a esta evaluación aquellos alumnos que hayan obtenido bien evaluación positiva en todas las materias, o bien negativa en un máximo de tres materias siempre que dos de las materias con evaluación negativa no sean simultáneamente Lengua Castellana y Literatura, y Matemáticas.

Punto 18, artículo 29 pasa a tener 6 puntos, ya que eliminan uno que decía esto "5. La realización material de las pruebas corresponde a las Administraciones
educativas competentes. Las pruebas serán aplicadas y calificadas por profesorado externo al centro."

Punto 21, artículo 32.4 quitan esta frase "Sin superar este máximo, podrán repetir cada uno de los cursos de Bachillerato una sola vez como máximo, si bien excepcionalmente podrán repetir uno de los cursos una segunda vez, previo informe favorable del equipo docente." >> pasa a punto 25

Punto 23, artículo 34.bis.3 se añade "Latin I" como materia

Punto 24, artículo 34.ter.3 se añade "Latin II" como materia

Punto 25, artículo 36, añaden "Sin superar el plazo máximo para cursar el Bachillerato indicado en el artículo 32.4, los alumnos podrán repetir cada uno de los cursos de Bachillerato una sola vez como máximo, si bien excepcionalmente podrán repetir uno de los cursos una segunda vez, previo informe favorable del equipo docente. " y también la frase " Dicha correspondencia se establecerá por vía reglamentaria."

Punto 26, artículo 36.bis, añaden "cursadas", y pasa a tener 5 puntos porque desaparece este que decía "4. La realización material de las pruebas corresponde a las Administraciones educativas competentes. Las pruebas serán aplicadas y calificadas por profesorado externo al centro."

Punto 27, artículo 37, corrigen referencias "previstos en los artículos 41.2.b), 41.3.a), y 64.2.d)" (antes eran otros)

Punto 29, artículo 39 añaden aclaraciones a frases ",y los ciclos de la Formación Profesional que conducen a su obtención", ", a efectos de equivalencia y convalidación, "

Punto 31, artículo 41.5 añade aclaración final ", en función de la formación o de la experiencia profesional acreditada por el aspirante.”

Punto 33, artículo 42.bis indica "Formación Profesional dual del Sistema Educativo Español." donde antes decía simplemente "Formación Profesional dual" e indica "centros educativos" donde antes decía "centros formativos"

Punto 34. artículo 44 añade aclaración "asignaturas troncales que como mínimo se deban cursar en la modalidad y opción que escoja el alumno" donde antes decía simplemente "asignaturas troncales", indica "las personas mayores de 22 años" donde antes decía "las personas mayores de 24 años", e indica "certificados de profesionalidad de nivel 1" donde antes decía "certificados de profesionalidad"

Punto 47 y 48 son nuevos sobre enseñanzas deportivas
Cuarenta y siete. El artículo 64 queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 64. Organización.
1. Las enseñanzas deportivas se estructurarán en dos grados, grado medio y grado
superior, y podrán estar referidas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
2. Para acceder al grado medio será necesario estar en posesión del título
Graduado en Educación Secundaria Obligatoria en la opción de enseñanzas aplicadas o
la de enseñanzas académicas. Para acceder al grado superior será necesario estar
posesión del título de Técnico deportivo en la modalidad o especialidad deportiva que
determine por vía reglamentaria, y además de al menos uno de los siguientes títulos:
a) Título de Bachiller
b) Título de Técnico Superior
c) Título universitario
d) Certificado acreditativo de haber superado todas las materias del Bachillerato
También podrán acceder a los grados medio y superior de estas enseñanzas
aquellos aspirantes que, careciendo de los títulos o certificados indicados en el párrafo
anterior, superen una prueba de acceso regulada por las Administraciones educativas. Para
acceder por esta vía al grado medio se requerirá tener la edad de diecisiete años y
diecinueve para el acceso al grado superior, cumplidos en el año de realización de la
prueba, o dieciocho años si se acredita estar en posesión de un Título de técnico
relacionado con aquél al que se desea acceder.
Las pruebas a las que se refiere el párrafo anterior deberán permitir acreditar para el
grado medio los conocimientos y habilidades suficientes, y para el grado superior la
madurez en relación con los objetivos del Bachillerato, para cursar con aprovechamiento
dichas enseñanzas de acuerdo con los criterios que establezca el Gobierno.
3. En el caso de determinadas modalidades o especialidades, podrá requerirse
además la superación de una prueba realizada por las Administraciones educativas,
acreditar méritos deportivos, o ambos requisitos de forma conjunta. El Gobierno regulará
las características de la prueba y de los méritos deportivos, de tal manera que se demuestre
tener las condiciones necesarias para cursar con aprovechamiento las enseñanzas
correspondientes, así como la convalidación de los mismos por experiencia profesional,
deportiva o formación acreditada.
4. Las enseñanzas deportivas se organizarán en bloques y módulos de duración
variable, constituidos por áreas de conocimiento teórico-prácticas adecuadas a los diversos
campos profesionales y deportivos.
5. El Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establecerá las
titulaciones correspondientes a los estudios de enseñanzas deportivas, los aspectos básicos
del currículo de cada una de ellas y los requisitos mínimos de los centros en los que podrán
impartirse las enseñanzas respectivas.”
Cuarenta y ocho. El artículo 65 queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 65. Titulaciones y convalidaciones
1. Quienes superen las enseñanzas deportivas del grado medio recibirán el título de
Técnico Deportivo en la modalidad o especialidad deportiva correspondiente.
2. Quienes superen las enseñanzas deportivas del grado superior recibirán el título
de Técnico Deportivo Superior en la modalidad o especialidad deportiva correspondiente.
3. El título de Técnico Deportivo permitirá el acceso a todas las modalidades de
Bachillerato.
4. El título de Técnico Deportivo Superior permitirá el acceso a los estudios
universitarios de grado previa superación de un procedimiento de admisión.
5. El Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas y oídos los
correspondientes órganos colegiados, regulará el régimen de convalidaciones y
equivalencias entre las enseñanzas deportivas y el resto de enseñanzas y estudios
oficiales.”
Punto 49 es el anterior 47... añadir nuevos desplaza la numeración

Punto 54, artículo 84.2 (anterior punto 52) añade esta frase "Dicho porcentaje podrá reducirse o modularse cuando sea necesario para evitar la ruptura de criterios de equidad y de cohesión del sistema.”

Punto 55, artículo 84.3 (anterior 53), que trata la segregación por sexos, añade frase para justificarse ante el Consejo Escolar de Estado "A estos efectos, los centros deberán justificar de forma objetiva y razonable la elección de dicho sistema, así como la implantación de medidas académicas para favorecer la igualdad. ”

Punto 56, artículo 84.3 añade " tendrán prioridad en el área de escolarización que corresponda al domicilio o al lugar de trabajo de alguno de sus padres o tutores legales " donde antes solamente aparecía "tendrán prioridad en el área de escolarización que corresponda a su domicilio", y se añade la frase ", o a un cambio de residencia derivado de actos de violencia de género debidamente constatados."

Punto 72, artículo 134.1 quitan la terminación de frase "y encontrarse en situación de servicio activo." .... curioso, van a poder coger a dedo a directores que estén ya jubilados ?

Punto 73, artículo 135 añaden frase "La comisión actuará de acuerdo con lo indicado en los artículos 22 a 27 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común." y añaden ", la situación de servicio activo, el trabajo previo y la labor docentes desarrolladas en el centro cuya dirección se solicita,"

Punto 78, artículo 144 añaden párrafo
La realización material de las pruebas corresponde a las Administraciones educativas competentes. Las pruebas serán aplicadas y calificadas por profesorado de la función pública docente externo al centro.
Reglamentariamente se regulará el procedimiento de revisión de los resultados de las evaluaciones.”
Han añadido la palabra pública ...

Punto 80, disposición adicional segunda dicen "estándares de aprendizaje evaluables" donde antes decían "estándares curriculares"

Punto 84, nueva disposición adicional trigésima cuarta, al hablar de becas y de que serán inembargables quitan esta parte final de la frase ", en las cuantías y régimen establecidos en la legislación de enjuiciamiento civil."

Punto 87, nueva disposición adicional trigésima séptima añaden esta puntualización a lo de los nativos a dedo ",mientras exista insuficiencia de personal docente con competencias lingüísticas suficientes,"

Punto 88. nueva disposición adicional trigésima octava, el tema del castellano, cambia gran parte del texto del punto 4.c, que incluyo en la nueva redacción
“c) Las Administraciones educativas podrán, asimismo, establecer sistemas en los que
las asignaturas no lingüísticas se impartan exclusivamente en la lengua cooficial, siempre
que exista oferta alternativa de enseñanza sostenida con fondos públicos en que se utilice la
lengua castellana como lengua vehicular en una proporción razonable.
En estos casos, la Administración educativa deberá garantizar una oferta docente
sostenida con fondos públicos en la que el castellano sea utilizado como lengua vehicular.
Los padres o tutores legales tendrán derecho a que sus hijos o pupilos reciban
enseñanza en castellano, dentro del marco de la programación educativa. Si la
programación anual de la Administración educativa competente no garantizase oferta
docente razonable sostenida con fondos públicos en la que el castellano sea utilizado como
lengua vehicular, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, previa comprobación de
esta situación, asumirá íntegramente, por cuenta de la Administración educativa
correspondiente, los gastos efectivos de escolarización de estos alumnos en centros
privados en los que exista dicha oferta con las condiciones y el procedimiento que se
determine reglamentariamente, gastos que repercutirá a dicha Administración educativa.
Corresponderá al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte la comprobación del
supuesto de hecho que determina el nacimiento de la obligación financiera, a través de un
procedimiento iniciado a instancia del interesado, instruido por la Alta Inspección de
Educación y en el que deberá darse audiencia a la Administración Educativa afectada. El
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte desarrollará reglamentariamente este
procedimiento administrativo.
La obligación financiera del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte tendrá carácter
excepcional y se extinguirá con la adopción por la Administración educativa competente de
medidas adecuadas para garantizar los derechos lingüísticos individuales de los alumnos. A
estos efectos, no se considerarán adecuadas las medidas que supongan la atención
individualizada en castellano o la separación en grupos por razón de la lengua habitual.

Nueva disposición adicional
Disposición adicional cuarta. Promoción de la actividad física y dieta equilibrada.
Las Administraciones educativas adoptaran medidas para que la actividad física y la dieta
equilibrada formen parte del comportamiento infantil y juvenil. A estos efectos, dichas
Administraciones promoverán la práctica diaria de deporte y ejercicio físico por parte de los
alumnos durante la jornada escolar.
Desaparece la anterior disposición final segunda que era modificación de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar.

Nueva Disposición final tercera.
Modificación de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de
financiación de las Comunidades Autónomas.
Uno. Se añade un apartado 3 a la disposición adicional octava de la Ley Orgánica 8/1980,
de 22 de septiembre, de financiación de las Comunidades Autónomas, con la siguiente
redacción:
“Para llevar a cabo la repercusión a las Comunidades Autónomas correspondientes
de los gastos de escolarización de alumnos en centros privados en los que exista oferta de
enseñanza en la que el castellano sea utilizado como lengua vehicular, como indica la
disposición adicional trigésima octava de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación, el Estado podrá deducir o retener de los importes satisfechos por todos los
recursos de los regímenes de financiación de las Comunidades Autónomas el importe de los
gastos de escolarización en centros privados asumidos por el Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte por cuenta de las Comunidades Autónomas.”
Dos. Esta disposición tiene carácter de ley orgánica.
Cambia Disposición final quinta. Calendario de implantación.
Como comenté en un primer vistazo, ahora proyecto de ley dice 9 meses donde anteproyecto versión 3 decía 14 meses.
Lo que PCPI y sacar el título de ESO que pensaba que era nuevo del proyecto de ley, sí estaba ya en el anteproyecto versión 3 "durante este curso, los alumnos
que superen los módulos de carácter voluntario obtendrán el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria."
Dorki

Re: LOMCE: Proyecto de ley

Mensaje sin leer por Dorki »

Madre mía, que estudios más detallados haces! Ojalá trabajaran así los encargados de hacer esta y otras leyes, en lugar de hacer chapuzas sin sentido que estarán vigentes hasta que haya un cambio de gobierno. Qué lástima!
hunk
#10 Goku
#10 Goku
Mensajes: 4012
Registrado: 18 Sep 2011, 15:33
¿A qué cuerpo perteneces?: Secundaria ESO/B
Situación: De carrera
Contactar:

Re: LOMCE: Proyecto de ley

Mensaje sin leer por hunk »

Lo aplazan una vez más ... todo sea por quedar bien a la hora de decir que han aceptado enmiendas (aunque las tumben)

http://noticias.lainformacion.com/polit ... fbo3OeGu6/
MADRID, 17 (EUROPA PRESS)

La Mesa del Congreso de los Diputados aplazará previsiblemente este martes y hasta el próximo día 25, es decir, una semana más, la presentación de enmiendas a la totalidad a la Ley Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE), según informaron a Europa Press en fuentes parlamentarias.

Además, estas mismas fuentes confirmaron que el debate de totalidad de la ley, donde el ministro José Ignacio Wert se enfrentará a la oposición, se encajará en la sesión plenaria que el Congreso tiene previsto celebrar la tercera semana de julio, en torno al día 16. Eso sí, debido a las obras de la Cámara Baja ese debate se hará en el Senado.

Precisamente, el portavoz del PNV en el Congreso, Aitor Esteban, ha señalado este lunes, después de reunirse con Wert en Educación, que el debate de totalidad de la ley se prevé para el mes de julio y ha avanzado que la presentación de su enmienda a la totalidad dependerá de la voluntad de Educación para modificar las "profundas diferencias" existentes en la ley entre el Grupo Vasco y el Gobierno.

El primer plazo para la presentación de estas enmiendas finalizaba el martes día 11, si bien el órgano de Gobierno de la Cámara decidió ampliarlo una semana más, hasta este martes, día 18, donde nuevamente se volverá a posponer la presentación de las enmiendas de totalidad, a solicitud de un grupo parlamentario de la oposición, revelaron las mismas fuentes.

PEDIRÁN DEVOLUCIÓN DE LA LOMCE TODOS SALVO UPN Y FORO

Hasta el momento, todos los grupos de la oposición han anunciado su intención de presentarla, salvo UPN y Foro de Asturias, quienes han apoyado al Gobierno en todas las iniciativas educativas debatidas hasta el momento.

De hecho, el diputado de UPN, Carlos Salvador, tras reunirse el pasado jueves con el ministro de Educación, José Ignacio Wert, aclaró a Europa Press que no iba a apoyar la solicitud de retirar la LOMCE, que sí pedían el resto de grupos.

En su comparecencia en el Congreso a finales de mayo, Wert manifestó su intención de reunirse con todos las formaciones políticas para acercar posturas sobre la LOMCE, pues todos los grupos de la oposición se vienen quejando de falta de diálogo.

El PSOE, CiU, IU-ICV-CHA, UPyD, PNV, ERC, UPN, Foro de Asturias y Amaiur ya se han reunido con el ministro y hasta el día 20 se producirán el resto de reuniones.

EL PLAN DE LA LOMCE EN VERANO

Una vez superado el debate de totalidad de la Ley, donde se rechazará la devolución del proyecto al Gobierno, se habilitará también el mes de julio para que la Comisión de Educación acoja la comparecencia de expertos y agentes de la comunidad educativa. Los grupos parlamentarios disponen hasta este viernes para registrar sus solicitudes de comparecencia.

A la vuelta del verano será el momento en el que los grupos parlamentarios tengan la ocasión de presentar sus enmiendas parciales al texto del Gobierno para, posteriormente, aprobar la ley a finales de septiembre en el Pleno del Congreso, ya que tiene rango orgánico, y pasar a tramitarse al Senado.

El último paso del trámite parlamentario de la LOMCE tendrá lugar en torno a finales de octubre o bien principios de noviembre cuanto esta ley supere su nueva y definitiva ratificación en el Congreso.

(EuropaPress)
hunk
#10 Goku
#10 Goku
Mensajes: 4012
Registrado: 18 Sep 2011, 15:33
¿A qué cuerpo perteneces?: Secundaria ESO/B
Situación: De carrera
Contactar:

Re: LOMCE: Proyecto de ley

Mensaje sin leer por hunk »

hunk
#10 Goku
#10 Goku
Mensajes: 4012
Registrado: 18 Sep 2011, 15:33
¿A qué cuerpo perteneces?: Secundaria ESO/B
Situación: De carrera
Contactar:

Re: LOMCE: Proyecto de ley

Mensaje sin leer por hunk »

hunk
#10 Goku
#10 Goku
Mensajes: 4012
Registrado: 18 Sep 2011, 15:33
¿A qué cuerpo perteneces?: Secundaria ESO/B
Situación: De carrera
Contactar:

Re: LOMCE: Proyecto de ley

Mensaje sin leer por hunk »

Se acerca el "debate" que será aplastado por la apisonadora de la mayoría absoluta del PP ... mayoría absoluta que tiene gracias a una ley electoral trucada
http://ecodiario.eleconomista.es/inters ... lomce.html
hunk
#10 Goku
#10 Goku
Mensajes: 4012
Registrado: 18 Sep 2011, 15:33
¿A qué cuerpo perteneces?: Secundaria ESO/B
Situación: De carrera
Contactar:

Re: LOMCE: Proyecto de ley

Mensaje sin leer por hunk »

Sin sorpresas en la votación
Los diputados del PP votando en contra de las 11 enmiendas a la totalidad de la infame ley Wert. pic.twitter.com/WfsZHTBscV
https://twitter.com/agarzon/status/357223351267237890
http://www.rtve.es/noticias/20130716/pp ... 6200.shtml
http://www.publico.es/459004/el-pp-tumb ... -y-no-wert

Curioso planteamiento de Wert:

El Gobierno defiende la LOMCE como una "reforma parcial" de 57 artículos de la LOE

http://www.europapress.es/sociedad/educ ... 74328.html
Responder

Volver a “Legislación Educativa”