nomanland.tk escribió:Buena entrada LOMCE, lo tiene casi todo, ahora hay que digerirlo, gestionarlo y plasmarlo, por ejemplo en la programación. En nomanland.tk estamos centrados en esas tres partes que la nueva ley integra de manera casi indisoluble (contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje...evaluables) y nos preguntamos hasta dónde llega nuestra libertad de cátedra como docentes para establecer los criterios de calificación. Se trata de la relación/diferencia entre criterios de evaluación y de calificación, que no todo el mundo entiende cuando confecciona la programación. La pregunta, en definitiva, es ¿hacemos una descripción pormenorizada de los criterios cuando desglosemos nuestra calificación o simplemente describimos mecanismos de calificación y cómo y cuándo los vamos a aplicar? Nosotros tenemos una idea bastante concreta de cómo hacerlo pero estaríamos muy interesados en saber tu opinión.
2. En la evaluación se apreciará la madurez académica del alumno en relación con los objetivos del Bachillerato, así como, al término de la etapa, sus posibilidades de progreso en estudios posteriores.
¿en la programación hay que poner todos los estándares del currículo? ¿en los exámenes hay que poner preguntas asociadas a todos los estándares que estén en la programación?
El inspector del centro, no nos ha aclarado nada.
Lo único que dice es que, si hay una reclamación, tomará la programación y, si en un examen de un bloque, por ejemplo tenemos en la programación 10 estándares para un bloque y en el examen solo ponemos 8, tendríamos que poner otro examen con los otros 2 que nos quedan.
No ha aclarado que pasa si no aprueban los 10 estándares, que nota se pone en la evaluación, se limitó a hablar de porcentajes, pero no aclaro nada de nada.
Ya no sé que hacer me vuelvo loco, cada uno tiene una idea, pero no se sabe cómo estar seguro si es correcta o no
Así que como en cada unidad didáctica se desarrollan ciertos contenidos, dentro de cada unidad hay que desarrollar los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje evaluables (en cada unidad didáctica los que correspondan a los contenidos tratados)
El tema es que cuando se hace una evaluación, ahora cada pregunta tiene que tener claro qué estándar de aprendizaje evaluable está evaluando, o no tiene sentido. Si tengo 10 estándares, tendré que tener 10 preguntas y con cada una valoraré si ha conseguido ese aprendizaje. No conseguir un aprendizaje no bloquea el aprobado global: la prueba que sustituye a la PAU será tipo test, 350 preguntas, en teoría valorará al menos 350 estándares de aprendizaje evaluables (podría que algunas preguntas valorasen varios al tiempo o algunas repitieran), pero si, aparte de lo que resten los fallos y asumiendo que dejar en blanco no resta, una persona contesta bien 175 preguntas, su nota será un 5 y aprueba. Otra cosa es que no apruebe y no saque un 5, entonces, especialmente en la prueba de 6º de Primaria, se podrá hacer un papelito/informe diciendo qué estándares de aprendizaje evaluables y/o competencias asociadas ha conseguido.
Riuga escribió:no concibo que no exista por ley unos objetivos relativos a una materia especifica en la etapa de la ESO.
Riuga escribió:Tengo otra duda hunk, esta vez respecto a los contenidos. He observado en algunas programaciones que los contenidos los desgranan en conceptos, procedimientos y actitudes. He buscado en la LOE y no he encontrado nada al respecto de esta división, como tampoco en la LOMCE. Sabes si podría mantener esta división, o hay alguna parte de la nueva ley que lo impida (he buscado y no lo he encontrado; sólo es por corroborar)
La noción de currículo no debe circunscribirse a un mero programa o plan de estudios, limitado exclusivamente a contenidos intelectuales, sino que engloba todas las posibilidades de aprendizaje que ofrece la escuela referidos a conocimientos conceptuales, procedimientos, destrezas, actitudes y valores.
hunk escribió:...Empezar ahora con "qué pasará" en ciertos casos es especular...
Dejan a las comunidades retocar contenidos (si quieren en historia en Madrid añaden como contenidos los méritos de la Espe y en Cataluña la historia de los castellers), pero no los criterios de evaluación ni los estándares de aprendizaje, que los fija el Ministerio, porque todos se van a evaluar de la misma manera con las mismas pruebas.
Si la LOMCE no pone objetivos de materia ni de etapa, cuando haga una programación LOMCE no los voy a añadir. Si me inventase objetivos de materia para el curso y etapa, que no están en la ley, me sentiría obligado a "mapearlos" a estándares de aprendizaje evaluables que aparezcan en la ley, y si lo estoy mapeando a algo que ya está escrito, pues en mi caso no lo pongo.
2. Estos programas irán dirigidos preferentemente a aquellos alumnos y alumnas que presenten dificultades relevantes de aprendizaje no imputables a falta de estudio o esfuerzo.
El equipo docente podrá proponer a los padres o tutores legales la incorporación a un Programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento de aquellos alumnos y alumnas que hayan repetido al menos un curso en cualquier etapa, y que una vez cursado el primer curso de Educación Secundaria Obligatoria no estén en condiciones de promocionar al segundo curso, o que una vez cursado segundo curso no estén en condiciones de promocionar al tercero. El programa se desarrollará a lo largo de los cursos segundo y tercero en el primer supuesto, o sólo en tercer curso en el segundo supuesto.
Aquellos alumnos y alumnas que, habiendo cursado tercer curso de Educación Secundaria Obligatoria, no estén en condiciones de promocionar al cuarto curso, podrán incorporarse excepcionalmente a un Programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento para repetir tercer curso.
Manley Rowe escribió:Buenas, tengo una duda importante sobre la programación didáctica para de Opos de Madrid 2016
¿Se podría presentar una programación LOMCE para curso par, independentemente de que no sea obligatorio?
¿O hay que ceñirse estrictamente a la convocatoria? (Según creo recordar dice que la programación ha de realizarse teniendo en cuento la situación existente en el curso 2015/2016)
hunk escribió:** Legislación para la programación7.1.1.2. Segunda prueba. Prueba de aptitud pedagógica.
Los currículos a que se hace referencia en esta convocatoria son los
vigentes en la Comunidad de Madrid para el curso 2015-2016.
hunk escribió:Hoy han publicado en BOCM modificación de la convocatoria, solamente afecta a FP
[url]http://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/04/14/BOCM-20160414-13.PDF
Efectivamente este no es el sitio más correcto para preguntar eso; si es algo sobre LOMCE, sería el hilo viewtopic.php?f=134&t=3855; en la convocatoria de 2016 no es obligatorio hacer programaciones LOMCE si se hacen de cursos pares.
hunk escribió:El currículo LOMCE para bachillerato en Madrid está en
DECRETO 52/2015, de 21 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo del Bachillerato.
https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/05/22/BOCM-20150522-3.PDF
Sobre la pregunta de qué es SICE de martika cuando pueda abro un hilo aparte. AFD hay quien lo llama AFDi (por nombre antiguo) o wafd (por el lo que aparece en la url de la aplicación)
hunk escribió:Sobre la pregunta de qué es SICE de martika cuando pueda abro un hilo aparte. AFD hay quien lo llama AFDi (por nombre antiguo) o wafd (por el lo que aparece en la url de la aplicación)
hunk escribió:Para Martika, se llama "AFD" Ayuda a la Función Docente, y no hay un equivalente para los padres como en CLM, simplemente manda SMS/mail a los padres
http://docentesconeducacion.es/viewtopic.php?f=129&t=1302
HectorEF15 escribió:Hola,
me gustaría que alguien me aclarara cuales son los objetivos de área en Primaria según la LOMCE (de estar prescritos) y si no existe una estructuración por bloques de contenidos para la asignatura de E.F en esta comunidad.
Gracias
* Objetivos
Desaparecen los objetivos asociados a la materia que había en LOE, pero no desaparecen del todo: ahora hay objetivos asociados a la etapa...
hunk escribió:Supongo que mucha gente tendrá las programaciones LOMCE ya hechas, pero comento un detalle por si es útil y no se ha hecho (hay quien lo ha hecho a mano o copiando de modelos de editoriales)
Como ahora hay competencias sí o sí (también en bachillerato, que no había en LOE), el mapeo de contenidos / criterios de evaluación/ estándares de aprendizaje evaluables a competencias es algo que se puede sacar de manera oficial de ... el currículo de Aragón. Como criterios de evaluación/ estándares de aprendizaje evaluables son comunes a nivel estatal, lo que ha hecho Aragón vale para cualquier comunidad.
http://www.educaragon.org/HTML/carga_html.asp?id_submenu=60
Ejemplos
Física y química ESO
http://www.educaragon.org/FILES/FISICA% ... 3%8DMICA(2).pdf
Física 2º Bachillerato
http://www.educaragon.org/FILES/FISICA(1).pdf
Dejan a las comunidades retocar contenidos ..., pero no los criterios de evaluación ni los estándares de aprendizaje, que los fija el Ministerio, porque todos se van a evaluar de la misma manera con las mismas pruebas.
...
Si me inventase ... que no están en la ley, me sentiría obligado a "mapearlos" a estándares de aprendizaje evaluables que aparezcan en la ley, y si lo estoy mapeando a algo que ya está escrito, pues en mi caso no lo pongo.
hunk escribió:Hola María_LR
Cito ideas ya comentadasDejan a las comunidades retocar contenidos ..., pero no los criterios de evaluación ni los estándares de aprendizaje, que los fija el Ministerio, porque todos se van a evaluar de la misma manera con las mismas pruebas.
...
Si me inventase ... que no están en la ley, me sentiría obligado a "mapearlos" a estándares de aprendizaje evaluables que aparezcan en la ley, y si lo estoy mapeando a algo que ya está escrito, pues en mi caso no lo pongo.
En general los criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables se cogen tal cual están en la ley: si LOMCE no deja cambiarlos a las comunidades, como para que los cambie un profesor
int_duda escribió:Leo en varias páginas de internet que cada estándar puede tener un criterio de calificación distinto y que además un mismo estándar puede ser evaluado por diferentes instrumentos de evaluación. Me gustaría saber si eso es así, y en qué parte de la legislación se recoge
e) Estándares de aprendizaje evaluables: especificaciones de los criterios de evaluación que permiten definir los resultados de aprendizaje, y que concretan lo que el estudiante debe saber, comprender y saber hacer en cada asignatura; deben ser observables, medibles y evaluables y permitir graduar el rendimiento o logro alcanzado. Su diseño debe contribuir y facilitar el diseño de pruebas estandarizadas y comparables.
f) Criterios de evaluación: son el referente específico para evaluar el aprendizaje del alumnado. Describen aquello que se quiere valorar y que el alumnado debe lograr, tanto en conocimientos como en competencias; responden a lo que se pretende conseguir en cada asignatura.
En toda programación deberán figurar los procedimientos para obtener información sobre los aprendizajes del alumnado (observación directa, análisis de producciones, pruebas específicas, autoevaluación, coevaluación, etc.), así como los instrumentos en que éstos se concretan (documentos o registros para la observación sistemática y seguimiento del alumno, pruebas objetivas, pruebas abiertas, trabajos, cuadernos de clase, observación en el aula, etc.).
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