¡¡¡Interinos en pie de guerra,la que se va a liar!!!

joserra
#4 Coco
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¡¡¡Interinos en pie de guerra,la que se va a liar!!!

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Acaba de publicarse en el BOE el RD 84/2018 que regulará el modelo transitorio de concurso oposición los próximos años. Como siempre que se publica una norma así hay bastante ruido y desinformación, lo que se añade a que en un año en que habrá elecciones sindicales demasiados vendemotos intentan arrimar el ascua a su sardina.

Es momento de hacer un resumen de la situación del profesorado interino en el País Valencià, especialmente en lo que respecta a lo que le pueda afectar la convocatoria de oposiciones los próximos años.

1.- Situación actual

Hay más de 14.000 docentes interinos trabajando, de los cuales cerca de 10.000 ocupan una vacante (contrato hasta el 31 de agosto). El resto realizan sustituciones temporales (que pueden llegar, como máximo, al 30 de junio). Son cerca del 30 % de la plantilla de enseñanza pública no universitaria del País Valencià.

El porcentaje de profesorado interino llegó a estar en el 12 % antes de los recortes, pero ha habido un aumento brutal. Se debe a dos factores:

a) inexistencia de oposiciones en muchas especialidades y convocatorias ridículas en otras a causa de las limitaciones de la tasa de reposición

b) aumento de la plantilla en la actual legislatura, que hace que estemos ahora en la situación anterior a los recortes (más de 54.000 docentes)

Esos dos factores unidos han hecho que no solo no se hayan cubierto las 12.000 jubilaciones producidas en los últimos 8 años, sino que tampoco se haya generado empleo de carrera al mismo ritmo que se ha aumentado la plantilla estos últimos cursos.

La media estatal se sitúa cerca del 28 %, lo que hace que la alta interinidad sea un problema estructural de la plantilla en todo el estado (excepto alguna comunidad autónoma), en dos sentidos:

a) problema personal para cada una de esas interinas e interinos, que tienen un empleo inestable, sujeto a cambios anuales en el mejor de los casos y sin estabilidad a largo plazo. Desde CCOO consideramos que el trabajo interino es trabajo precario en la función pública.

b) es un factor que aumenta sensiblemente la rotación de las plantillas, lo que genera inestabilidad en los centros y en los equipos educativos. Los perjudicados son los alumnos y alumnas, que padecen una alta rotación del profesorado que impide la propuesta de programas educativos a largo plazo.


2.- Propuesta de estabilización de la plantilla interina

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Ante esa situación históricamente se han planteado dos grandes propuestas de estabilización del personal interino:

a) Propuesta "funcionarización sin oposición”

Esta propuesta ha tenido variantes: “funcionarización”, “laboralización”, “consolidación”, “acceso diferenciado”, “reserva de plazas”… Se le va cambiando la etiqueta conforme se va viendo su imposibilidad una y otra vez. Consiste básicamente en la prórroga del contrato de trabajo de un interino o interina hasta su jubilación sin pasar por ningún proceso de ingreso o acceso a la función pública (sin oposición ni concurso oposición).

En el marco normativo actual tal cosa es imposible. No se puede acceder a una plaza fija en la función pública sin pasar por un procedimiento que garantice los principios de igualdad, mérito y capacidad. Tanto el EBEP como la LOMCE (y todas las leyes orgánicas de educación anteriores) establecen que para cumplir con el precepto constitucional el método ha de ser oposición o concurso-oposición (en el caso de la actual ley orgánica).

Hay sentencias y jurisprudencia abundante que respaldan lo anterior, tanto del Supremo como del Constitucional.

Sin embargo periódicamente (y suele coincidir con años electorales) se resucita la propuesta con uno u otro formato. Es normal: tiene un gran tirón mediático y es fácilmente “vendible” al público potencial, que cada vez es más, aunque sea una estafa.

b) Propuesta "oposición”

Es el defendido por CCOO y conseguido el año pasado gracias al Acuerdo por la mejora de empleo.Tiene la ventaja añadida de no ser un engaño.

La estabilidad del trabajo interino pasa necesariamente por su transformación en trabajo como funcionariado de carrera. Es el trabajo no precario que hay en la función pública. La manera de conseguirlo es convocando procesos masivos de ingreso y acceso a los cuerpos docentes.

El problema es de todo el estado y de toda la función pública, por lo que la negociación de estas convocatorias se hace en la Mesa General de Negociación, con el Ministerio de Hacienda.

En 2017 conseguimos firmar el Acuerdo para la Mejora de Empleo, que va a suponer la convocatoria de cientos de miles de plazas en la función pública de todo el estado. La mayor convocatoria de empleo público de las últimas décadas. En el ámbito de la enseñanza pública no universitaria de País Valencià supondrá 13.000 plazas en 4 convocatorias: 3.000 de Mestres en 2018, 5.000 de Secundaria y otros cuerpos en 2019, 2.500 de Secundaria y otros cuerpos en 2019 y 2.500 de Mestres en 2020.

A pesar de que el humo solo es humo, sigue habiendo interesados en venderlo. Hay más información sobre modelos de “consolidación” e imposibilidades varias en el post "Vamos a contar verdades sobre el ingreso a la función pública" de este mismo blog.


3.- Consecuencias de la OPE sobre la plantilla interina

El Acuerdo para la Mejora de Empleo tiene como objetivo llegar al 8 % de empleo interino en la función pública. Es lo que se considera “estructural”: sustituciones y vacantes que no pueden ofrecerse a funcionarios/as de carrera porque dependen de condiciones puntuales y pueden desaparecer en años posteriores (normalmente plazas habilitadas, no de la plantilla orgánica, o dedicadas a programas como el PAM).

El objetivo no se podrá cumplir a menos que el Ministerio elimine la tasa de reposición, lo que pide CCOO. También es petición unánime de todas las comunidades autónomas en la conferencia sectorial. En País Valencià se ha planteado una OPE con el máximo posible, aunque si se eliminara la tasa de reposición debería aumentarse en más de 4.000 vacantes para llegar al 8 %.

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El personal interino ve la oferta desde varios puntos de vista, dependiendo de su situación y expectativas. Hay personas que lo consideran una buena oportunidad, pero otras lo consideran una amenaza a sus posibilidades para continuar trabajando.

En este último caso la sensación de angustia es mayor entre el personal más mayor o con más servicios, aunque en realidad la preocupación debería ser mínima porque ese personal está situado, en la inmensa mayoría de los casos, en los primeros puestos de cada bolsa.

El sistema de provisión de plazas por profesorado interino en País Valencià es el más estable, con diferencia, de todo el estado. Las personas que están en bolsa y tienen algún día de servicio ya no cambian su posición relativa en esa bolsa. No pueden mejorar su posición pero tampoco empeorarla, por lo que quienes están en las primeras posiciones siempre van a tener vacantes a su disposición. Es más: una persona puede desactivarse y no optar a elegir plaza sin tener penalización, puede reincorporarse a su mismo número de bolsa cuando quiera y, en caso de estar activo y ser adjudicado forzoso, solo se le adjudicará una plaza de la provincia o provincias de su elección. Además, a nadie se le puede adjudicar de oficio un tiempo parcial, una plaza itinerante o una plaza en algunos centros de especiales características (hospitales, prisiones…).

Ese funcionamiento de las bolsas hace que, de facto, ya existe la estabilidad que se está pidiendo en otros territorios. La oferta de 13.000 vacantes será durante 4 años en los que habrá unas 6.000 jubilaciones y un aumento de al menos 2.000 plazas en el sistema. Si sabemos que ahora hay unas 9.000 vacantes ocupadas por personal interino vemos que en 2021 aun habrá al menos 4.000 vacantes ocupadas por personal interino (probablemente más). Esas vacantes estarán ocupadas (si quieren) por las personas de los primeros puestos de las bolsas (mayores de 50 años en su mayoría). A esto habrá que añadir que históricamente entre el 80 % y el 90 % de las vacantes que salen a oposición son ganadas por personal con servicios (hay dos razones básicas: la experiencia les favorece en el baremo del concurso y también a la hora de conocer la aplicación del temario, la defensa de la programación y la exposición de la unidad didáctica). Eso hará que entre 10.400 y 11.700 plazas de las convocadas sean para alguna de las 14.000 personas que hoy tienen servicios más las que puedan generarlos. Esos son los datos oficiales dados por Conselleria en la Mesa Sectorial de Educación del 25 de julio de 2017.

O sea, que menos de 4.000 personas que hoy tienen servicios se quedarán sin plaza por oposición y todas ellas podrán optar a más de 4.000 vacantes
Como las bolsas son absolutamente estables, quienes hoy tienen sustituciones y no consigan una plaza por oposición, con una alta probabilidad, pasarán a estar entre quienes tendrán acceso a una de esas vacantes al acabar las próximas cuatro convocatorias.

Los grandes números son muy sufridos, pero es verdad que hay una excepción con las especialidades más pequeñas (Escuelas de Arte y Superior de Diseño, Escuela Superior de Arte Dramático, Conservatorios, idiomas minoritarios de EOI y algunas especialidades de FP). En ellas las bolsas de personal interino están formadas por muy pocas personas, se generan muy pocas sustituciones y la oferta de pocas plazas puede suponer que alguna de las personas que hasta ahora están trabajando con vacante dejen de trabajar si no consiguen la plaza por oposición. Eso se une a que en algunas de esas especialidades han pasado muchos años sin convocatoria de oposiciones, que hay centros donde más del 80 % es profesorado interino (incluso en cuerpos de catedráticos) y que es difícil constituir tribunales con personal que no conozca a los opositores y opositoras (lo que genera la impresión de poca objetividad en el procedimiento).

Conselleria se ha comprometido a formar un grupo de trabajo sobre OPE para (entre otras cosas) ajustar la oferta en esas especialidades los años 2019 y 2020. Habrá que tener en cuenta, además de las vacantes del sistema, cuántas están ocupadas por personal interino desde hace muchos años y no sacarlas todas en una o dos convocatorias, de manera que todas y todos tengan oportunidades reales de obtener una plaza de carrera.

Ese grupo de trabajo es el instrumento que nos va a permitir a los sindicatos poder intervenir en la oferta para modularla sobre todo en el caso de esas especialidades pequeñas.

CONCLUSIÓN: cuando acabe el desarrollo del actual acuerdo la inmensa mayoría del personal interino que ahora es mayor de 50 años seguirá teniendo una vacante a la que acceder (en caso de que quiera). Entre el 80 % y el 90 % de las plazas de oposición serán ganadas por personal con antigüedad como interino. Esto último es lo que ha ocurrido históricamente en oposiciones con formatos parecidos al actual. Por todo ello no es de esperar cambios sustanciales en el reparto del empleo en cuanto a quiénes de los y las que hoy tienen trabajo lo seguirán teniendo (excepto puntualmente en alguna especialidad pequeña, que habrá de tratarse con cuidado). Sí habrá un cambio sustancial en la calidad de ese trabajo puesto que 13.000 vacantes ahora temporales pasarán a ser de carrera.

CONCLUSIÓN
(La repito porque los apóstoles del "ERE encubierto", "quien está se queda" y otras falacias se suelen olvidar de lo más importante)

La mayoría de las personas que hoy tienen servicios pasarán a ser funcionarias y funcionarios de carrera gracias a una gran oferta de empleo público estable (más de 10.000 personas).
La inmensa mayoría de quienes hoy tienen servicios y no lo consigan tendrán vacante, si quieren, después de las próximas cuatro convocatorias (entre ellas prácticamente la totalidad de personas mayores de 55 años).

Entonces, ¿por qué se repite lo de "ERE encubierto", "quien está se queda" y cosas parecidas? No tengo la respuesta; habría de estar en la cabeza de los jefes de los sindicatos y plataformas que lo repiten como una letanía. Pero hay hechos que me hacen intuir por dónde van los tiros: estamos en año electoral, el miedo a perder el trabajo es un miedo profundo arraigado despùés de una crisis brutal, el voto se mueve más por impulsos y menos por razones...
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Cualquiera es libre de creer lo que quiera, incluso aunque entre en contradicción con los datos objetivos y vaya contra sus propios intereses. Pero está mal mentir a sabiendas. Y se miente cuando no se dice la verdad pero también cuando se ocultan datos como los anteriores.

4.- Formato de concurso-oposición

Este tema no es específicamente de profesorado interino puesto que afecta también a actuales estudiantes de universidad, personas sin empleo, trabajadoras de otros sectores o funcionariado de carrera que quiera acceder a otros cuerpos o especialidades.

El modelo de concurso-oposición solo puede cambiarse vía ley orgánica y no parece que vaya a cambiar en breve la LOMCE.

Dentro de ese modelo sí hay cambios posibles, alguno sustancial si se dan “condiciones extraordinarias” según la jurisprudencia del TC.

Entendemos que la actual situación con un enorme porcentaje de profesorado interino permite defender que estamos en una situación de excepcionalidad que habría que regularizar.

Desde la FE CCOO se ha promovido y conseguido una plataforma sindical conjunta que planteó los siguientes cambios en el sistema de acceso (propuesta conjuntaCCOO-UGT-STE-CSIF):

1.-Pruebas no eliminatorias en la fase de oposición. Históricamente las pruebas eliminatorias se han justificado por la imposibilidad de los tribunales de examinar una a una a todas las personas que se presentan, pero eso genera la sensación en muchas personas aspirantes de que no se pone la nota merecida sino una nota de corte. Además se suceden pruebas como filtros que son percibidas como obstáculos por el personal interino.


2.- Aumento del peso del concurso hasta el límite dado por la jurisprudencia y aumento, dentro del concurso, del peso de la experiencia hasta el límite legal.

El Ministerio se ha negado a aplicar el punto 1. En cuanto al punto 2 ha hecho avances insuficientes en los dos aspectos. Mantenemos una campaña de defensa del modelo extraordinario de los cuatro sindicatos.

Pedimos también que no se cambien los temarios excepto en alguna especialidad muy concreta con temarios obsoletos y que se aumente la posibilidad de elección de tema. En cuanto al cambio de temarios, parece que no será antes de 2020 y sí se ha aumentado la optatividad mediante el aumento de número de bolitas.

La propuesta conjunta sindical ha sido obviada por el Ministerio que ha publicado el citado RD 84/2012 sin tenerla en cuenta.

5.- Cuestiones relacionadas con el marco europeo

CCOO y UGT consiguieron en Europa el Acuerdo Marco sobre trabajo temporal, del que emana la Directiva Europea 70/1999/CE. En ese acuerdo se intenta desarrollar el principio “igual trabajo, iguales derechos” de varias formas.

A partir de ese acuerdo se pudieron conseguir los trienios para personal interino, por ejemplo. También ha sido la base de las reclamaciones de los sexenios, aunque finalmente ha habido un acuerdo político para desarrollarlos en País Valencià.

En cuanto al trabajo interino en la función pública el Acuerdo y la Directiva tienen consecuencias que están llevando a campañas, movilizaciones y (también) mucha desinformación. Básicamente sobre la conversión de empleo temporal en empleo estable, pero también sobre las indemnizaciones por “despido” (aquí suele haber un abuso de lenguaje, llamando despido a lo que es finalización de un contrato temporal).

a) Transformación de empleo temporal en empleo estable.
A raíz de una famosa (y poco leída) sentencia del Tribunal Europeo (“sentencia Mascolo”) se ha generado la falsa idea de que cualquier trabajador o trabajadora de la función pública que lleve tres años contratado tiene derecho a permanecer indefinidamente en ese puesto y que si se lleva a juicio su situación se sentenciará a su favor.

La sentencia Mascolo no dice eso (ver el post "¿Qué dice la sentencia Mascolo?" en este mismo blog), pero sí es verdad que puede existir un fraude de ley en caso de que la administración dote con personal interino plazas que deberían ser estructurales y salir a concurso público (siempre que lo determine un juez o jueza, claro). Lo que ha pasado hasta ahora es que el Tribunal Supremo, entendiendo de un asunto iniciado por una interina laboral del Ministerio de Defensa que llevaba 8 años ocupando la misma plaza le dio la razón, y creó una figura que hasta ahora no existía: trabajador/a indefinido no fijo. En ese caso (y alguno más que ha habido después, todos laborales) la interina pasa a tener un contrato indefinido, pero no fijo en el sentido de que si su plaza es dotada por uno de los sistemas de provisión legales (concurso de traslados, por ejemplo) esa persona sería despedida con la indemnización correspondiente (situación que ya se ha dado en otro caso).


Así que de momento existe esa “funcionarización ad hoc” en casos que cumplan lo siguiente: persona interina laboral con 3 o más años continuados ocupando la misma vacante, que esa vacante no haya salido a oferta pública de empleo y que se considere en un juzgado que la contratación ha sido hasta entonces en fraude de ley. Las consecuencias tienen pros y contras: la persona que gana el juicio pasa a ser indefinida pero puede ser despedida (y en ese caso no vuelve a la bolsa de procedencia puesto que ya no es interina sino indefinida no fija).

No hay ningún caso de sentencia firme ni jurisprudencia que afecte a docentes interinos o interinas de pública no universitaria (que no es personal laboral sino funcionario). Alguno de los procedimientos que hay iniciados llegará en su momento al Supremo que decidirá o no crear una figura semejante a la de indefinido no fijo para el caso de funcionariado.

Las campañas que ahora mismo pretenden la “funcionarización” (transformación en funcionarios/as de carrera) por la vía judicial no tienen en cuenta (o sí lo tienen, pero no lo dicen) lo siguiente: las sentencias europeas en las que se basan las sentencias firmes españolas parece que están claras para el caso de laborales pero no tanto para el de funcionarios/as, las plazas afectadas no han de haber sido convocadas, se ha de demostrar la continuidad en la misma plaza y se ha de demostrar que ha habido fraude de ley. Además, por encima de todo esto están los principios de igualdad, mérito y capacidad para el ingreso y acceso a la función pública.

Sería posible una vía no de “funcionarización” sino de transformación del empleo interino en empleo indefinido si se dan las circunstancias anteriores, análogamente a lo ocurrido en los casos de laborales. Pero en ese caso las personas que lo consiguieran no tendrían asegurada, ni mucho menos, su jubilación en la enseñanza pública ya que podrían ser despedidas siempre que se dotara su plaza por concurso. Ya hemos visto que las bolsas de País Valencià son las más estables del estado; personas que llevan más de tres años repitiendo en la misma plaza son personas de especialidades pequeñas (fundamentalmente artísticas y FP), situadas además en las primeras posiciones de la bolsa. No parece que una transformación de su empleo en una figura semejante a la de indefinido no fijo mejorara sus derechos o expectativas laborales.

b) Indemnización por “despido”
La misma Directiva asimila el empleo temporal, en cuanto a derechos, al empleo fijo. Eso ha dado lugar a la reclamación de indemnizaciones por finalización de contrato en el caso de empleo temporal. Con la actual norma laboral correspondería 20 días por año trabajado para todas las personas interinas al acabar cada contrato.

Desde CCOO hemos iniciado una campaña para que trabajadores y trabajadoras temporales de la administración pública (laborales, funcionarios y estatutarios) reclamen lo correspondiente a los 4 últimos años. De momento está habiendo sentencias a favor y en contra y se está a la espera de la casación en el Supremo.

6.- Hay más temas interesantes que afectan al profesorado interino (no todos los derechos laborales se reducen al orden en una bolsa)
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El profesorado interino tiene más problemas, además de la gestión de las bolsas.

El actual acuerdo de profesorado interino data de 2010 y necesita mejoras. Aun hay derechos no reconocidos y que habrían de igualarse a los del funcionariado de carrera:

- posibilidad de acumular la hora de lactancia sin que se les reclamen después los haberes en caso de no tener un contrato de un año

- derecho a licencias por estudios

- reducciones de jornada por cuidado de hijos o familiares a su cargo

- igualdad en retribuciones si se realizan las funciones de cargos unipersonales

Esas carencias, además de detalles sobre la gestión de las bolsas (en especial en cuanto a los puestos de difícil cobertura, que se dan por orden de petición, lo que consideramos que conculca igualdad) hacen que sea urgente la negociación de un nuevo acuerdo que mejore el actual.

En este blog hemos defendido los principios de igualdad, mérito y capacidad. Ahora mismo se están dando plazas mediante el procedimiento de difícil cobertura, que permite adjudicarlas a cualquier persona de fuera de las bolsas que tenga los requisitos adecuados. En principio la idea es buena y parece una solución parcial al problema de los puestos de trabjao sin adjudicar en el caso de que ninguna persona de la bolsa correspondiente los quiera, estén todas desactivadas o se haya agotado la bolsa. El problema es el orden en que se adjudican las plazas: por orden de petición. Es decir: el primero que llega se la queda.

No parece que haya que estudiar mucho para intuir que ese procedimiento conculca el principio de igualdad: llegarán antes quienes se enteren a tiempo, tengan una conexión más rápida, tengan preparado su sistema de acceso, no tengan niñas o niños que recoger de la escuela en ese momento, personas que atender, trabajos a los que acudir, no estén resolviendo una urgencia o una combinación de todas las anteriores más cualquier cosa que pueda alterar el orden de petición.

Es necesario hablar de un nuevo acuerdo de profesorado interino que incluya en su articulado un sistema de provisión de bolsas que permita la agilidad del procedimiento de difícil provisión sin conculcar derechos de las personas que participen.

Y Conselleria habrá de ofrecer oportunidades suficientes para conseguir la capacitació en valencià a las personas que aun no la tienen. Es una necesidad inmediata para las algo más de 300 personas de los cuerpos de Secundaria y FP desactivadas a espera de conseguirla y lo será antes de 4 años para quienes integran las bolsas del resto de cuerpos cuya catalogación será efectiva dentro de cuatro cursos.

Por desgracia, la presión ultra corporativa ha reducido los derechos del profesorado interino a la mera ordenación de bolsas, apartando del foco de la negociación cualquier tema que no sea una imposible "consolidación" (entendiendo por tal que cualquier persona que haya trabajado como interina siga trabajando como tal hasta su jubilación, es decir en empleo precario; esta es la posición fraudulenta de los defensores del "los que están, se quedan").
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