Aviso importantisimo para todos los interinos

joserra
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Aviso importantisimo para todos los interinos

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Vamos a contar verdades sobre el ingreso a la función pública


Sobre el Acuerdo para la mejora del empleo público
El 29 de marzo CCOO, junto con UGT y CSIF, firmó con el Ministerio de Hacienda y Función Pública el "Acuerdo para la mejora del empleo público". Una vez acabe su aplicación ese Acuerdo va a suponer la mayor oferta de empleo público de las últimas décadas.

¿Qué dice el Acuerdo?
El Acuerdo permitirá superar la tasa de reposición y convocar las plazas ocupadas durante tres años por personal con vinculación temporal en un máximo de un 90 %. La finalidad es que en 2020 se llegue a una tasa de temporalidad por debajo del 8 %, que deberá mantenerse.

Recordemos que desde que comenzaron los recortes no se ha podido superar una tasa de reposición del 100 % (convocatoria únicamente de las jubilaciones producidas en un año), por lo que la tasa de profesorado interino se acerca ya al 25 % en País Valencià.

La aplicación del Acuerdo supondrá pasar del actual número de más de 12.000 docentes interinos a un número de alrededor de 4.000, para no superar el 8 %. Eso, unido a las más de 1.000 jubilaciones anuales y al previsible aumento de plantilla (Conselleria ha anunciado 1.000 docentes más para el próximo curso) hará necesaria la convocatoria de más de 12.000 plazas en 3 años.

Lo que también dice el Acuerdo es que los procesos selectivos garantizarán libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad, pudiendo valorarse el tiempo de servicios solo en la fase de concurso.

A partir de esto último se abre un pseudo debate en el que, como pasa a menudo, parece que quien más grita o más repite un slogan tiene más razón. Vamos a hablar un poco de acceso e ingreso, de principios constitucionales, de leyendas urbanas y de entelequias que cambian de nombre pero no de fondo: "acceso diferenciado", "acceso restringido", "doble vía" o su último avatar, el "acceso por concurso para consolidar empleo según la Disposición Transitoria 4ª del EBEP".

Normativa de aplicación al acceso e ingreso
Empezamos por lo básico (y lo más difícil de cambiar): principios de igualdad, mérito y capacidad recogidos en la Constitución (arts. 23.2 y 103.3), que también dicen que el ingreso en la función pública se hará según lo que diga una norma con rango de Ley. Las que regulan ahora el ingreso son el EBEP (RDL 5/2015, de 30 de octubre, artículos del 55 al 62) y LOE/LOMCE (Disposición Adicional duodécima). Esas Leyes están desarrolladas en RD 276, con dos sistemas de acceso: el transitorio (arts. 18 al 28), vigente durante los años de implantación de la LOE, y el ordinario (arts. del 59 al 66), vigente desde 2011.

Hasta aquí lo que hay. ¿Es posible cambiarlo? Bueno, no parece que se vaya a cambiar la Constitución este curso. Tampoco parece que vayamos a tener una Ley de educación nueva, pero cosas más raras se han visto.

Supongamos que se cambiara la Ley; ¿podría haber un nuevo sistema extraordinario de acceso? Sí, claro, pero........................... (y es un PERO muy gordo)................................... habría de tener rango de Ley (bueno, eso no parece tan gordo) y............ cumplir los preceptos constitucionales. Ya hemos llegado al punto clave.

¿Qué significa que cualquier sistema de acceso a la Función pública docente haya de cumplir los preceptos constitucionales? Lo preguntaré de otra manera, para que se entienda la respuesta:


¿Se puede acceder a la función pública docente mediante una "doble vía"?
No.

Es posible que se haya entendido la respuesta pero vamos a desarrollarla un poco.

El art. 61.1 del EBEP consagra la libre concurrencia; no puede haber discriminación en las vías de acceso. Es por eso que la sentencia del Tribunal Supremo 2919/2015 anuló la posibilidad del "informe" que podían presentar los docentes interinos y que sustituía a una de las pruebas selectivas.

Bueno, bueno, bueno... ya estoy oyendo a los STEs, CPIs (perdón, que estos son STE), PECEPI (ay, perdón, que estos también son el STE): eso es agua pasada, lo que sí se podrá en consolidar empleo porque el mismo EBEP lo permite en una disposición, ¿no?


¿Es posible la consolidación a través de la Disposición Transitoria Cuarta del EBEP?
No.

No sé si se me ha entendido esta vez. La DT 4ª fue la vía transitoria para las plazas ocupadas con anterioridad a 1 de enero de 2005, desarrollada en el RD 271/2007. Acabó en 2011.

Repito: acabó en 2011.

A ver, a ver, vuelvo a oír el coro STE-CPI-PECEPI: todo eso da igual, el EBEP habla de "consolidación de empleo, porque podemos acogernos a la DT 4ª y al artículo 61.6"



¿Se puede acceder a la función pública de carrera por consolidación de empleo?
No.

Me explico: la DT 4ª del EBEP dice que los procesos de consolidación de plazas (transitoria que acabó en 2011) debían hacerse conforme a lo dispuesto en los los apartados 61.1 y 61.3 del EBEP. ¿Qué dicen esos artículos?:

art. 61.1: Los procesos selectivos tendrán carácter abierto y garantizarán la libre concurrencia, sin perjuicio de lo establecido para la promoción interna y de las medidas de discriminación positiva previstas en este Estatuto. Los órganos de selección velarán por el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre sexos.

art. 61.3: Los procesos selectivos que incluyan, además de las preceptivas pruebas de capacidad, la valoración de méritos de los aspirantes, solo podrán otorgar a dicha valoración una puntuación proporcionada que no determinará, en ningún caso, por sí misma el resultado del proceso selectivo.

¿Qué tiene que ver la DT 4ª con el artículo 61.6 del EBEP?: nada.

Sobre la valoración de la experiencia
Hay varias sentencias del Tribunal Constitucional que entran a valorar lo que se considera "límite de lo tolerable" en cuanto a la valoración de la experiencia:

- La STC 185/1994 entiende que el 31,57 % del total de puntos del procedimiento estaría en ese límite (fundamento jurídico 4º). La sentencia habla del sistema transitorio LOGSE y permitía superar la fase de oposición con una nota inferior al 5.

- La STC 67/1989 acepta un 45 %, por la "especial circunstancia de la puesta en marcha de la administración autonómica", refiriéndose a Extremadura. Esta misma sentencia declara inconstitucional un proceso con "mochila", es decir puntuar los méritos en la fase de oposición y de nuevo en la fase de concurso.

- La STC 83/2000 vuelve a prohibir los sistemas con "mochila".

Pero el "límite de lo tolerable" es más sencillo de determinar, sin necesidad de bucear en sentencias del TC. Como hemos visto, el art. 61.3 del EBEP dice que "la valoración de méritos de los aspirantes... no determinará, en ningún caso, por sí misma el resultado del proceso selectivo". Es decir, la cosa está clara: la experiencia más otros méritos no pueden ser determinantes para superar el concurso oposición por sí mismos.




Vale, vale, vale.... dice el coro, pues olvidémonos de todo eso y vamos a algo más sencillo: planteemos dos procesos, uno para opositores y opositoras libres y otro para profesorado interino; de esta manera se aseguran los principios que defiende el tipo este del blog y cada uno que se presente al proceso que quiera, ¿no?

Pues no.


¿Puede haber acceso restringido?
No.

Ni siquiera llamándole de otra forma: "acceso diferenciado", "consolidación de profesorado interino" o como se le ocurra al vendemotos de turno que inventa nombres para defender lo mismo de siempre.

Escuchemos la voz de los supertacañones: sentencia del Tribunal Constitucional 27/1991. Es la sentencia que acaba con las oposiciones restringidas para interinos que se realizaban desde los años 70, a pesar de que ya eran ilegales desde la Ley 30/1984.

En Euskadi lo intentaron en 1997 de forma tangencial (para personal docente laboral -otra palabra fetiche-) proveniente de ikastolas. Sin éxito: la STC 31/2006 lo declaró inconstitucional.


Valeeeee..... pues más fácil todavía: hagamos que la formación previa sirva y se pueda acceder con la titulación.

¿Se puede acceder directamente con titulación?
Quizá si nos subimos al DeLorean y viajamos al momento en que la Ley de Educación de 1970 lo permitía, pero la Ley 30/1984 lo prohibió. Para evitar paradojas temporales la STS 359/1988 dejó claro que el acceso directo de la Ley de 1970 (art. 110) era contrario a Ley.




¿Para qué me está contando todo esto?
La verdad es que no tengo muchas esperanzas de que los hechos sirvan para algo contra las convicciones, pero en fin...

Contra el pensamiento mítico que genera esperanzas vacías en una parte del profesorado interino creo que hay que dejar claro en qué marco legal estamos y qué posibilidades de cambio de sistema de ingreso y acceso hay. Me resultaría fácil decir lo que algunas personas quieren oír, pero estaría mintiendo.



¿Qué tipo de cambios son posibles en el sistema de ingreso y acceso? No va a cambiar el esquema general de concurso-oposición, pero sí puede haber cambios en los siguientes sentidos:

- Reducción de los temarios, mayor optatividad, adecuación de temarios obsoletos o una combinación de las tres cosas

- Mayor ajuste de las pruebas prácticas a la práctica docente

- Fases no eliminatorias en la oposición

- Mayor peso (hasta el límite permitido por las sentencias del Constitucional) de la experiencia docente

- Otros cambios en el baremo de méritos (cuando se abre este melón cada opositor y opositora barre para casa)

Habremos de plantear esos y cualquier otro cambio que no conculque los derechos de nadie; sin problemas, es un debate interesante y necesario. Pero no convirtamos un debate en una venta de humo; engañar a la gente está feo, y crear falsas esperanzas es engañar a la gente, aunque sea a cambio de votos.
Invitado

Re: Aviso importantisimo para todos los interinos

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Gracias, majo, pero soy nueva en esto y no entiendo nada :roll:
joserra
#4 Coco
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Re: Aviso importantisimo para todos los interinos

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Bueno,pues ya te iras enterando ,todo es cuestión de tiempo,ya veras como ahora que estas dentro,comenzaras a ver el sistema con otros criterios a como lo veías antes desde fuera
Oncológico

Re: Aviso importantisimo para todos los interinos

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Gracias Joserra por molestarte en tenernos informados aqui y en otros foros. Es la primera vez que me he presentado y estoy de acuerdo que algo raro pasa.

Tengo 51 años medicado para evitar un infarto, ictus, y demás y todo por ser como tú. Crítico, analítico y divulgador de injusticias a la vez que mlainterpretado a pesar de mis esfuerzos en ser claro, conciso y exácto.

Querido amigo, no malgastes tu salud. El estress envenenará poco a poco tus sistemas y aparatos o lo que es peor, tu capacidad cognitiva.

Nadie es PROFETA en su tierra, ya me lo decía mi madre. Si no tienes hijos por los que luchar, vuela, marchate y deja atrás esta cosa llamada España

Aúnque te llamen majo para mi siempre serás GENIAL!!!!
joserra
#4 Coco
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Re: Aviso importantisimo para todos los interinos

Mensaje sin leer por joserra »

Gracias por sus palabras compañero y por sus sabios consejos
Me aconseja callarme las injusticias para que denunciar las mismas no desemboquen en un problema de salud pero gracias a Dios,mi salud a fecha de hoy, es perfecta y mi fuerza física,como un roble
Si es cierto,y eso tengo que reconocerlo,que mi sentimiento de odio y de venganza contra este país y sus símbolos mas representables,aumenta dia a dia (entre estos efectos secundarios me produce,sentimiento de rabia,odio y mucho malestar,ver una bandera de España, o escuchar un simple pasodoble,típico genero musical español,hace que se me revuelva el estomago,llegando incluso al extremo de vomitar
En lo referente al estres ,la verdad no me preocupa,si tengo que morir de un infarto ,denunciando y luchando por los derechos e injusticias que se hacen en este país,estaré orgulloso de ello.Al Menos se que nadie vendrá a llorarme a mi tumba( y créame,eso es una gran ventaja),pero el dia que eso ocurra,me iré de esta vida con la satisfacción de haber defendido mis principios y valores hasta el final y no como otros que se rinden y entregan la bandera al enemigo,si ese mismo enemigo que abandera la corrupción y la injusticia
Al fin y al cabo mi lema en esta vida,siempre ha sido "Prefiero morir de pie que vivir siempre arrodillado"Usted por lo que me cuenta,hace ya tiempo que eligió la segunda opción de esta celebre frase,creo que no necesito recordarle su autor,ya que usted que percibo es un hombre de mundo,sabe perfectamente de quien se trata,yo desde el principio, estoy aferrado a la primer opción de esta frase y ya a mi edad después de tantos años,es muy difícil,incluso me atrevo a decirle que imposible cambiar de opinion
"Hasta la victoria siempre" ...Un cordial saludo compañero
ein

Re: Aviso importantisimo para todos los interinos

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Caballero, esto no es forodelsur. Por favor, compórtese y deje de trollear el foro. Gracias.
joserra
#4 Coco
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¿A que llama usted trollear?

Mensaje sin leer por joserra »

¿A que llama usted trollear?No tengo claro el concepto¿Quizás el que dice trolas o mentiras?
Porque si es así,precisamente puedo tener muchos defectos,pero precisamente el de mentir,no
Con mis mensajes escritos en este foro,solo trato de informar al resto de compañeros interinos,esa es mi intención, nunca con el animo de ofender o faltar al respeto a ninguna persona,entiendo que mis mensajes,no le gusten a todos los participantes de este foro,a mi tampoco me gustan algunos mensajes que escriben otros foreros,pero simplemente,los respeto y no me dedico a tratarlos de trolls,ni ninguna gilipollez de esas que usted trata de inculcar aquí,
La verdad,no sabia que habian nombrado un censor en el foro
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