Sobre cómo funciona el fin de la interinidad, hay otros hilos, pero básicamente se trata de que el día que se presenta el titular del puesto, el centro te hace una "diligencia de cese" con la que vas a la DAT, y luego te reincorporan a la lista en tu orden, con tu número, por lo que si estás bien situado en la lista vuelves a ser de los siguientes en llamar
http://www.docentesconeducacion.es/view ... 132&t=2371
http://www.docentesconeducacion.es/view ... 132&t=2226
hunk escribió:Hola Alberttoo
Te remito a otro hilo, donde se cita el tema del cese viewtopic.php?f=132&t=2830Sobre cómo funciona el fin de la interinidad, hay otros hilos, pero básicamente se trata de que el día que se presenta el titular del puesto, el centro te hace una "diligencia de cese" con la que vas a la DAT, y luego te reincorporan a la lista en tu orden, con tu número, por lo que si estás bien situado en la lista vuelves a ser de los siguientes en llamar
http://www.docentesconeducacion.es/view ... 132&t=2371
http://www.docentesconeducacion.es/view ... 132&t=2226
Aclaro sobre el cese como interino
-La fecha de fin de contrato no es necesariamente el último día trabajado: aunque te nombren para 15 días pondrá que el contrato es hasta 30 de junio, y si la sustitución se va alargando llegará realmente hasta ese 30 de junio, pero no hay garantías. Yo he terminado sustituciones en las primeras semanas junio, y conozco casos que incluso más tarde, veintitantos de junio.
-En caso de que la finalización de la sustitución sea antes de 30 de junio, el procedimiento habitual es el comentado: es esperar en el centro hasta que llega el profesor titular, estando ambos se hace un pequeño intercambio para situar a la persona que llega (que normalmente ese mismo día entra con los alumnos si es que hay clase, no si es a finales de junio), y el director entrega al interino una "diligencia de cese" que indica que se ha presentado el titular, y con ella se va a la DAT.
-Si la finalización es el 30 de junio, el director no hace diligencia de cese y no hay que ir a la DAT con ningún papel, porque de hecho no tienes papel que llevar en ese caso.
hunk escribió:El día de cese se debe pagar en Madrid, a veces intentan que no
viewtopic.php?f=132&t=902
hunk escribió:Hola Alberttoo
Te remito a otro hilo, donde se cita el tema del cese viewtopic.php?f=132&t=2830Sobre cómo funciona el fin de la interinidad, hay otros hilos, pero básicamente se trata de que el día que se presenta el titular del puesto, el centro te hace una "diligencia de cese" con la que vas a la DAT, y luego te reincorporan a la lista en tu orden, con tu número, por lo que si estás bien situado en la lista vuelves a ser de los siguientes en llamar
http://www.docentesconeducacion.es/view ... 132&t=2371
http://www.docentesconeducacion.es/view ... 132&t=2226
Aclaro sobre el cese como interino
-La fecha de fin de contrato no es necesariamente el último día trabajado: aunque te nombren para 15 días pondrá que el contrato es hasta 30 de junio, y si la sustitución se va alargando llegará realmente hasta ese 30 de junio, pero no hay garantías. Yo he terminado sustituciones en las primeras semanas junio, y conozco casos que incluso más tarde, veintitantos de junio.
-En caso de que la finalización de la sustitución sea antes de 30 de junio, el procedimiento habitual es el comentado: es esperar en el centro hasta que llega el profesor titular, estando ambos se hace un pequeño intercambio para situar a la persona que llega (que normalmente ese mismo día entra con los alumnos si es que hay clase, no si es a finales de junio), y el director entrega al interino una "diligencia de cese" que indica que se ha presentado el titular, y con ella se va a la DAT.
-Si la finalización es el 30 de junio, el director no hace diligencia de cese y no hay que ir a la DAT con ningún papel, porque de hecho no tienes papel que llevar en ese caso.
Volver a Aspectos relativos a interinos
Usuarios navegando por este Foro: Bing [Bot] y 7 invitados